Consejo Parroquial de Asuntos Económicos

DEFINICIÓN Y FINES
El Consejo Parroquial de Asuntos Económicos es un organismo eclesial por el que un grupo de fieles presta su ayuda a los Párrocos en la administración de los bienes de la parroquia, sin perjuicio de lo que prescribe el canon 532 (cfr. can. 537).
El Consejo Parroquial de Asuntos Económicos es un organismo permanente, consultivo y al servicio de la comunidad parroquial:
- Permanente: compuesto por miembros estables durante el plazo que establezcan los estatutos.
- Consultivo, en cuanto que es un órgano asesor del Párroco en el ejercicio de su competencia en la administración de los bienes de la parroquia.
- Al servicio de la comunidad parroquial en el aspecto económico y de administración de los bienes.
El Consejo se rige por el derecho universal, por los presentes estatutos y por lo que establezca el Obispo diocesano.
La finalidad del Consejo Parroquial de Asuntos Económicos es aconsejar al Párroco en todo lo referente a la economía de la parroquia.
FUNCIONES DEL CONSEJO
Es competencia del Consejo Parroquial de Asuntos Económicos ayudar al Párroco a:
1. Formar eficazmente la conciencia de los fieles acerca de su deber de ayudar a la Iglesia en sus necesidades, de modo que disponga de lo necesario para el culto divino, las obras apostólicas y de caridad y el conveniente sustento de sus ministros (cfr. can. 222 § 1 y 1261 § 2).
2. Procurar que se confeccionen y presenten los presupuestos al comienzo del año y el balance de administración al final del mismo.
3. Llevar diligente y ordenadamente la contabilidad parroquial.
4. Confeccionar y tener al día el inventario de los bienes muebles e inmuebles de la parroquia.
5. Cuidar de la conservación y rendimiento del patrimonio de la parroquia, teniendo en cuenta las normas canónicas y la legislación diocesana vigente en lo referente a la obligada consulta previa o autorización cuando se trata de gastos extraordinarios, enajenaciones o actos de administración extraordinaria.
6. Optimizar los recursos ordinarios y extraordinarios de la parroquia, de acuerdo con las normas diocesanas.
7. Buscar el asesoramiento en cuestiones económicas, fiscales y laborales que puedan afectar a la economía de la parroquia.
8. Presentar a los fieles del modo más conveniente el informe económico.
9. Prestar especial atención y colaboración en la realización de las obras necesarias en el templo y demás edificios de la parroquia.
10. Gestionar cualquier otro asunto que tenga connotaciones con la economía o administración parroquial.
COMPONENTES
Nuestro Consejo Económico está formado por el párroco y tres laicos. Junto con el `párroco , sus miembros actuales son Luís, Ángel y Jesús.